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Contratos menores bajo la nueva Ley Nº 32069: simplificación no es flexibilización

  • Foto del escritor: Pamela Aguilar Chávez
    Pamela Aguilar Chávez
  • 9 jun
  • 1 Min. de lectura

Actualizado: 23 jul

La nueva regulación busca agilizar las contrataciones de baja cuantía sin sacrificar el control legal ni presupuestal. ¿Cómo deben responder las áreas legales y de logística?


La nueva Ley General de Contrataciones Públicas (Ley N.º 32069) ha introducido cambios importantes en la gestión de los contratos menores, aquellos cuyos montos no superan las 8 UIT.


Este nuevo enfoque busca agilizar la atención de necesidades operativas de baja cuantía, reduciendo cargas administrativas innecesarias. Sin embargo, esta simplificación normativa no debe interpretarse como una flexibilización en el control legal o presupuestal.


🔍 ¿Qué implica este cambio para las oficinas legales y de logística?


* Una revisión más ágil, pero igual de rigurosa, de los documentos sustentatorios. 

* Un mayor compromiso con la trazabilidad documental desde la fase preparatoria.

* La necesidad de reforzar criterios técnicos y evitar prácticas mecánicas o poco justificadas.


Como abogada especializada en contratación pública, considero que el reto no solo está en el marco normativo, sino en cómo lo aplicamos en cada expediente, con criterio, ética y sentido de urgencia institucional. Comparto con Uds un pequeño esquema gráfico con algunos puntos claves para una correcta supervisión, tomando en cuenta la regulación.


Contratos menores bajo la nueva Ley N.º 32069
Contratos menores bajo la nueva Ley N.º 32069

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